Resumen
El autor aborda en forma crítica la evolución normativa del delito de lavado de activos, sosteniendo que –a su juicio– en diversas legislaciones comparadas y, en particular, en el ordenamiento penal uruguayo, se observa una tendencia hacia la expansión de los delitos subyacentes o precedentes que justificarían la punición autónoma del blanqueo de capitales, tal como viene pregonándose, por ejemplo, en la evasión penal tributaria. Esto, según su postura, conllevaría a la desnaturalización del sistema toda vez que, entre otras razones, se ha perdido de vista que el delito en cuestión fue concebido en su origen como un régimen de excepción cuya finalidad era desalentar los beneficios ilícitos que reporta el crimen organizado y, por lo tanto, inaplicable para cualquier delito precedente cometido en forma aislada.